Bingo de Beneficencia Especial

Recordemos que las 28 damas, a través de su labor benéfica, han conseguido idear diversas formas de recaudación, como por ejemplo, bingos, almuerzos y la publicación de un libro recetas tradicionales portuguesas. Las personas interesadas en apoyar la labor de la institución podrán dirigirse a su sede, ubicada en la Quinta Lelly de la avenida principal de Macaracuay con cruce calle Sorocaima, en la urbanizaci´pn Macaracuay del estado Miranda, al este de Caracas.

Igualmente, podrán solicitar información sobre diferentes formar de ayudar a través del número telefónico La Sociedad de Beneficencia de Damas Portuguesas, es una organización sin fines de lucro con 50 años de antigüedad, encargada de brindar respaldo a causas de carácter benéfico, algunas de ellas incluyen a familias necesitadas de la comunidad que acuden a la institución en busca de ayudas materiales o económicas.

La institución, conformada por aproximadamente 30 damas, ha logrado consolidarse como una referencia entre la comunidad, gracias al trabajo desempeñado durante su amplia trayectoria, en la cual han ayudado a un sinnúmero de personas a través de apoyos económicos mensuales, cestas de alimentos, cobertura de cirugías, jornadas especiales y el ropero solidario.

No menos importante es su apoyo al Lar Padre Joaquim Ferreira, ubicado en Los Anaucos, estado Miranda, donde residen un gran número de abuelos de la comunidad lusitana en el país.

Como parte de sus iniciativas de recaudación, las damas llevan a cabo anualmente cuatro eventos, los cuales se han convertido en una tradición entre la comunidad.

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Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice. Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

Moción de Patricio Vallespín López, Ricardo Rincón González, Gabriel Silber Romo, Víctor Torres Jeldes, Marcelo Chávez Velásquez, Jaime Pilowsky Greene, Jorge Sabag Villalobos, Matías Walker Prieto, Fuad Chahin Valenzuela y Juan Enrique Morano Cornejo. Fecha 01 de junio, Moción Parlamentaria en Sesión Legislatura Regula la realización de bingos, rifas y sorteos comunitarios con fines de beneficencia, los que no serán considerados juego de azar.

En nuestro país, conforme lo establece la legislación, la explotación de juegos de azar es una actividad en principio ilícita, salvo que una ley especial permita su desarrollo y funcionamiento, tal es el caso de las loterías, las carreras de hípica y los casinos de juego, entre otros.

El pasado día 22 de abril del presente año, a requerimiento del alcalde de la Ilustre Municipalidad de El Quisco, la Contraloría General de la República dictaminó que los municipios no se encuentran facultados para organizar o autorizar bingos, ni aun cuando estos tengan fines solidarios.

Según la argumentación seguida por la Contraloría General de la República, no hay un texto de carácter legal que permita la realización de bingos comunitarios con fines de beneficencia, siendo la única forma de que esta actividad se realice, el que se cuente con autorización expresa del Presidente de la República de acuerdo a la Ley N° Todo lo anterior, hace que en la práctica, en Chile se haya sentado una jurisprudencia administrativa que no permite que las organizaciones vecinales o comunitarias puedan organizar bingos que vayan en ayuda de vecinos o ciudadanos necesitados de recursos para costear tratamientos médicos, una vivienda siniestrada por un incendio, o cualquier otro tipo de eventualidades que hagan necesario contar con dinero para enfrentar una contingencia de esta naturaleza.

Como legisladores, mediante este Proyecto de Ley, venimos a tratar de subsanar esta situación y a garantizar en la legislación el que estas actividades solidarias puedan seguir realizándose, en pro de la organización comunitaria y del auxilio mutuo entre los habitantes de nuestro país. El presente Proyecto de Ley tiene como idea matriz el permitir la realización de bingos, rifas y sorteos solidarios sin necesidad de autorización por parte de la autoridad administrativa, cumpliendo de esta forma con el precepto legal que indica que la explotación de los juegos de azar es ilícita salvo que una ley especial lo permita, como será el caso para bingos, rifas y sorteos de beneficencia si la presente moción es aprobada por el Congreso Nacional.

Los bingos solidarios son eventos en los cuales se recaudan fondos para poder enfrentar contingencias que, por la onerosa carga monetaria que significan, una determinada persona o familia no pueden costear.

Cada fin de semana podemos encontrar en nuestro país cientos de eventos de este tipo, en donde la comunidad organizada va en auxilio de uno de sus pares. La realización de ellos es de vital ayuda, tanto para resolver problemáticas, como para asimismo ayudar a la cohesión social de la ciudadanía.

Los bingos de beneficencia se realizan desde los inicios de la República. De hecho en Europa tienen su origen con la organización eclesial medieval, donde se jugaba en Iglesias con la finalidad de recaudar dinero para los desamparados.

Esta actividad no significa un negocio, sino que es una ayuda particular para una persona en estado de necesidad. Mediante este proyecto de ley sostenemos que esta práctica no se debe perder, facilitándose su realización mediante una norma expresa, estableciendo límites en cuanto al monto total de los premios y con una finalidad solo benéfica.

El fallo de la Contraloría se funda en preceptos legales expresos, pero olvida principios básicos que fundan una sociedad democrática como lo son la autonomía de las organizaciones sociales y la seguridad social comunitaria.

Los vecinos de un determinado territorio, por ley, pueden constituir estructuras de representatividad y de solución de sus problemas, la unidad básica de esta organización es la Junta de Vecinos, que tiene como finalidad el representar a sus asociados ante las autoridades, gestionando la solución de carencias y conflictos, para lo que deben proponer y gestionar proyectos que beneficien a los vecinos.

La organización de bingos solidarios es precisamente gestión de ayuda y una solución, muchas veces no definitiva, a determinadas carencias, por lo que por principio debieran estar permitidos. A la vez, tenemos el principio de ayuda y auxilio mutuo entre los ciudadanos, lo que funda la seguridad social comunitaria, mediante la cual el cuerpo de ciudadanos organizados en una determinada comunidad, gestiona soluciones para las problemáticas de sus miembros.

Una contingencia tal como el incendio de una casa o una enfermedad catastrófica, debe ser enfrentada por el Estado, pero cuando éste está impedido de solucionarla, son los mismos cuerpos intermedios de la sociedad los llamados a hacer frente a estas problemáticas, procurando encontrar una solución para quienes se encuentran en un estado de necesidad que no le permita garantizar sus derechos básicos, como la vida, la salud o una vivienda digna.

En atención a las consideraciones de hecho y de derecho que acabamos de repasar, y manifestando que es nuestra idea matriz el permitir los bingos de carácter benéfico dentro de las comunidades de nuestro país, es que quienes suscribimos venimos a presentar el siguiente:.

Artículo primero: Los bingos, rifas y sorteos realizados para fines de beneficencia, por juntas de vecinos, centros de padres y apoderados, centros de alumnos y otras organizaciones estudiantiles, sindicatos, comités de adelantos, comités de agua potable, centros de madres, y otras organizaciones sin fines de lucro, no serán considerados juegos de azar ni de lotería.

Artículo segundo: Serán considerados bingos, rifas y sorteos con fines de beneficencia aquellos cuyos recursos que generen, estén destinados a las instituciones señaladas en el artículo precedente o a ir en ayuda económica de alguna o algunas personas que enfrenten una enfermedad o hayan sufrido grave daño en sus bienes necesarios para su subsistencia.

Artículo tercero: Los bingos, rifas y sorteos regulados por la presente ley no están afectos a las disposiciones de los artículos , y del Código Penal, ni a las demás prohibiciones legales sobre la materia.

Fecha 02 de junio, Modifica la ley N° La calificación de los bingos como juegos de azar, a su vez, conlleva la imposibilidad de los municipios de facilitar dependencias para estos fines. Esto se logra en términos prácticos despojando a los bingos y loterías organizadas por las municipalidades de su carácter de juego de azar, sorteando con ello la ilegalidad que, ratificada por la Contraloría y la Superintendencia respectiva, constituiría la celebración de esta clase de eventos sin la necesaria autorización.

Artículo único. Como es sabido los juegos de azar se encuentran por regla general prohibidos en nuestra legislación a partir de la clásica idea que constituyen una fuente de vicios, enfermedades y trastornos para nuestra sociedad.

En esta lógica los fenómenos como la ludopatía o la adicción al juego son efectos del todo indeseables en nuestra nación y de acuerdo a ello es necesario combatirlos. Es así como diversas mociones parlamentarias han tenido por objeto precisamente regular la actividad de los diversos casinos establecidos a lo largo de nuestro país en materia de ludopatía, consagrando mecanismos tendientes a restringir o prohibir el ingreso de personas que padecen de esta anomalía a tales recintos.

Las sociedades en este sentido se orientan a través de sus normas jurídicas a evitar tales flagelos y por lo mismo tales mociones poseen una clara orientación restrictiva. De conformidad a la ley De acuerdo a lo anterior es el Estado el encargado de regular y autorizar pormenorizadamente la actividad de azar consagrándose por lo mismo una legislación restrictiva en la materia.

Sin perjuicio de lo anterior, no es menos cierto que nivel comunal y vecinal como una factor de encuentro entre las personas se han generado instancias de participación en donde el juego ha sido una herramienta utilizada y arraigada. En efecto, la organización de fiestas, bingos, loterías para fines bien inspirados resulta una actividad beneficiosa para Chile, toda vez que implica una instancia de encuentro social y que debe ser promovida por todos inclusive por las autoridades.

En este sentido, los patrocinantes de esta moción parlamentaria hacemos un rotundo distingo entre los juegos de azar exhaustivamente regulados por el legislador y regulados de conformidad a la ley Bajo esta perspectiva el presente proyecto de ley viene en autorizar expresamente estas prácticas consideradas por nosotros como claramente positivas para nuestro país.

Y casinos de juego como el establecimiento, inmueble o parte de un inmueble, consistente en un recinto cerrado, en cuyo interior se desarrollarán los juegos de azar autorizados, se recibirán las apuestas, se pagarán los premios. En efecto, generalmente vemos que tales reuniones poseen elementos beneficiosos para la vida en comunidad, generan lazos fraternos entre las comunidades y sus autoridades y entre los mismos ciudadanos, configurándose un núcleo participativo absolutamente favorable a nivel comunal, regional y nacional.

El proyecto que a continuación sometemos a tramitación consiste en establecer la plena autorización legal de eventos o reuniones que siendo organizados a través de bingos, rifas o loterías tengan por objeto satisfacer una necesidad común de un barrio o localidad socialmente plausible. Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso final en el artículo 5° de la ley Establece marco de autorización para la realización de bingos con fines de beneficencia y esparcimiento.

Conforme al Código Civil el tratamiento del juego y la apuesta, se encuentra en los orígenes de esta normativa, que regula al juego y la apuesta como contratos aleatorios, y específicamente tratándose del juego, distingue entre los juegos de destreza y los juegos de azar.

En este sentido son juegos de destreza aquellos en los que predomina la habilidad. A su turno admiten clasificarse en; juegos de destreza intelectual que son aquellos en los que predomina el intelecto, v. el ajedrez, y que según el artículo 2.

Por su parte, juegos de destreza corporal son aquellos en los que predomina la habilidad física, v. la fuerza, la velocidad, etc. Según el artículo 2.

En consecuencia, los juegos de destreza son lícitos. Por su parte los juegos de azar son aquellos en los que predomina la suerte, y que según el artículo 1. El fundamento de la ilicitud se encuentra en que el legislador teme que las personas dilapiden sus bienes para conseguir una riqueza fácil.

Sin embargo, leyes especiales han autorizado y hecho lícitos diversos juegos de azar. Sucede así con las leyes que autorizaron la Lotería de Concepción, la Polla chilena de Beneficencia, la Polla Gol y el funcionamiento de diversos casinos municipales a lo largo del país antes de la ley Núm.

El artículo 1. La diferencia entre el juego y la apuesta se encuentra en que en el juego las partes intervienen directamente, en cambio en la apuesta se interviene de una forma indirecta.

En este contexto, los juegos de azar constituyen jurídicamente un contrato aleatorio, así lo dispone expresamente el artículo 2. Conforme a lo señalado, -pese a la ilicitud de esta clase de juegos-, la realidad de la vida demuestra que en paralelo a la industria legalmente establecida, existe una practica socialmente aceptada de la realización con fines de esparcimiento y solidaridad de bingos, los cuales la mayoría de las veces cuentan con el apoyo de la autoridad para facilitar recintos para realizar actividades como las Municipalidades.

Cabe hacer presente que estas actividades en general no cumplen el estándar exigido a los bingos de conformidad con el Catalogo de Juegos que puede desarrollarse en los casinos de juego, conforme a la normativa de la Superintendencia de Casinos, lo que hace discutible su asimilación per se.

No obstante lo anterior la Contraloría General de la República mediante dictamen Nº El presente proyecto tiene por objeto superar la problemática suscitada a partir del Dictamen En las actividades a que se refiere el inciso precedente, los premios sólo podrán ser en especies con exclusión de premios en dinero y las utilidades que se obtengan deberán aplicarse únicamente en los objetos señalados en el inciso precedente.

Cámara de Diputados. Fecha 03 de junio, Informe de Comisión de Gobierno en Sesión Para estos efectos no serán considerados juegos de azar, de conformidad a la ley Nº Serán considerados bingos, rifas, sorteos o loterías, con fines de beneficencia u obras pías, aquellos cuyos recursos que generen estén destinados a las instituciones señaladas en el inciso precedente o para ir en ayuda económica de alguna o algunas personas aquejadas por una enfermedad o hayan sufrido grave daño en los bienes necesarios para su subsistencia.

Las actividades señaladas en los incisos precedentes, estarán exenta de responsabilidad penal para los efectos de los artículos , , del Código Penal. En vista de lo anterior, se formularon las distintas iniciativas que, en síntesis, tienen por objetivo precisar los sujetos activos, tales como, juntas de vecinos, centros de padres y apoderados, centros de alumnos y las actividades organizadas con fines de beneficencia u obras pías que no serán consideradas juegos de azar.

Asimismo, se define a los bingos, rifas, sorteos o loterías que quedan sujetas a la presente ley. Se declaran exentas de responsabilidad penal las actividades señaladas por el proyecto para los efectos de los artículos , y del Código Penal.

Mediante oficio N° El diputado señor Rincón planteó que la moción de la cual es autor, contenida en el Boletín N° Por otra parte, el diputado señor Coloma, autor de la moción contenida en el Boletín N° Del mismo modo, define a los casinos de juego como el establecimiento, inmueble o parte de un inmueble, consistente en un recinto cerrado, en cuyo interior se desarrollarán los juegos de azar autorizados, se recibirán las apuestas, se pagarán los premios.

De esa manera, las instancias de participación y convivencia a nivel comunal, a través de bingos, loterías y otros juegos, a su juicio, no implicarían una actividad intrínsecamente dañosa para la sociedad, sino más bien todo lo contrario. En efecto, agregó, que generalmente se observa que tales reuniones poseen elementos beneficiosos para la vida en comunidad, generan lazos fraternos entre las comunidades y sus autoridades y entre los mismos ciudadanos, configurándose un núcleo participativo absolutamente favorable a nivel comunal, regional y nacional.

No obstante lo anterior, la Contraloría General de la República emitió un dictamen manifestando su rechazo a estas prácticas, aduciendo el carácter estricto, desde el punto de vista normativo, de las leyes que regulan los juegos de azar en nuestro país. Por lo tanto, a su juicio, sería necesario agregar un nuevo inciso final en el artículo 5° de la ley N° El diputado señor Becker coincidió en que la Contraloría General de la República, a través del dictamen N° Por lo tanto, imponer tales barreras a la función benéfica que cumplen los municipios en favor de sus respectivas comunidades, particularmente de aquellos más desposeídos, amerita hacer una excepción en favor de estos.

El diputado señor Campos autor de la moción contenida en el Boletín N° El asesor legal de la Bancada del Partido Socialista, señor Enrique Aldunate, agregó que sería más conveniente inclinarse por un proyecto de ley que proponga una ley general con carácter especialísimo, y no modificar la ley N° Por las razones antes señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente texto sustitutivo:.

Para estos efectos no serán considerados juegos de azar, de conformidad a la ley Nº Serán considerados bingos, rifas, sorteos o loterías, con fines de beneficencia u obras pías, aquellos que generen recursos que estén destinados a las instituciones señaladas en el inciso precedente o para ir en ayuda económica de personas aquejadas por una enfermedad o que hayan sufrido grave daño en los bienes necesarios para su subsistencia.

Las actividades señaladas en los incisos precedentes, estarán exentas de responsabilidad penal para los efectos de los artículos , , del Código Penal. Tratado y acordado, según consta en el acta de la sesión del día 3 de junio de , con la asistencia de las diputadas señoritas Daniella Cicardini y Paulina Núñez y de los diputados señores Arriagada Presidente , Becker, Berger, Campos en reemplazo del Diputado Farías Chávez, Coloma, Gahona, González, Morales, Ojeda, Rincón, Sandoval.

Modifica la ley N° Los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; La ley Orgánica del Congreso Nacional N° La letra b del mismo precepto legal define al catálogo mencionado como el registro formal de los juegos de azar que podrán desarrollarse en los mencionados casinos, dentro de las categorías de ruleta, cartas, dados, bingo y máquinas de suerte u otras que el reglamento establezca.

Por el mismo motivo, es dable indicar que tampoco resulta procedente que las entidades edilicias otorguen premios al efecto o permitan la ocupación de recintos municipales o que estén bajo su administración, para los efectos reseñados.

No obsta a lo expresado, el hecho de que esa clase de juegos sea de carácter benéfico, toda vez que la normativa que regula la materia no ha establecido una excepción al respecto. En consecuencia si se podrían celebrar rifas o bingos para obras pías o de beneficencia si se cuenta con la autorización del Presidente de la República o del Intendente Regional en su caso.

Autorización que resulta muy complicada y compleja de solicitar en aquellas localidades que se encuentran alejadas de la capital del país o de la correspondiente capital regional, más aún cuando estas actividades muchas veces requieren de celeridad o rapidez para la obtención de los recursos.

Por las razones anteriores los as diputados as que patrocinamos la presente moción consideramos que se debe modificar la ley N° ARTÍCULO ÚNICO: Modifíquese la ley n° Fecha 04 de junio, Diario de Sesión en Sesión Discusión General. Se aprueba en general y particular. El señor VALLESPÍN Presidente en ejercicio.

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que regula la realización de bingos y otras actividades similares con fines de beneficencia.

Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización es el señor Claudio Arriagada. Documentos de la Cuenta N° 22;. Documentos de la Cuenta N° 14;. Documentos de la Cuenta N° 15;. Documentos de la Cuenta N° 1, y.

Documentos de la Cuenta N° 6. Documentos de la Cuenta N° 3 de este boletín de sesiones. Señor Presidente, estos proyectos han adquirido especial notoriedad a raíz de una resolución que emitió en estos días la Contraloría General de la República; pero es justo señalar que una iniciativa data del año , patrocinada por el diputado Felipe Letelier , los entonces diputados Eugenio Tuma , Exequiel Silva y otros, que ya en aquella época habían decidido reaccionar frente a esta materia.

Antes de entrar en materia, debo hacer presente que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en autorizar la realización de bingos, rifas, sorteos, loterías y otros con fines de beneficencia u obras pías a personas naturales o jurídicas sin fines de lucro, los que no serán considerados juegos de azar.

Cabe destacar que el proyecto no posee normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado, y que fue aprobado, tanto en general como en particular, por la unanimidad de los presentes, diputados señores Arriagada , Becker , Campos, Chávez , Gahona , González , Morales , Ojeda , Sandoval y la diputada señorita Daniella Cicardini.

En cuanto a los antecedentes de hecho que sirven de base a la generalidad de las mociones refundidas, cabe señalar que ellas tienen su génesis en el dictamen N° En vista de lo anterior, se formularon las distintas iniciativas que generaron un enriquecedor debate al interior de la comisión.

Tras ello, se arribó al consenso para proponer un texto sustitutivo único, el cual tiene por objeto precisar que se podrán realizar bingos, rifas, sorteos o loterías organizados con fines de beneficencia u obras pías por personas naturales o jurídicas sin fines de lucro, tales como: juntas de vecinos, centros de padres y apoderados, centros de alumnos, sindicatos, comités de adelanto, comités de agua potable, centros de madres, entre otros.

Para estos efectos, dichas actividades no serán consideradas como juegos de azar, de conformidad con la ley Nº Además, se establece que serán considerados bingos, rifas, sorteos o loterías con fines de beneficencia u obras pías aquellos que generen recursos que estén destinados a las instituciones señaladas anteriormente, o aquellos para ir en ayuda económica de personas aquejadas por alguna enfermedad o que hayan sufrido grave daño en los bienes necesarios para su subsistencia.

La señora MOLINA doña Andrea. Señor Presidente, sin duda, estamos ante una situación que no hubiésemos querido que se produjera, sobre todo en consideración a aquellos que dependen de bingos, rifas, sorteos y loterías para salir adelante.

Esta situación no debió haber ocurrido, sino que debió haberse corregido antes, para no tener que solucionarla con un proyecto de ley que, gracias a Dios, tenemos la posibilidad de presentar.

En otras palabras, el Ejecutivo debió haber subsanado la situación con anterioridad al dictamen de la Contraloría General de la República. Ahora estamos discutiendo varios proyectos de ley, presentados de manera transversal, que apuntan a lo mismo: que los bingos, las loterías y otras formas de recaudar recursos puedan seguir realizándose en las comunidades.

Todos quisiéramos que el día de mañana desapareciera la necesidad de recurrir a esas actividades para salvar la vida de un pequeño o de un familiar, o para el desarrollo de muchas comunidades. Hoy, la idea es aprobar rápidamente el proyecto para que aquellas personas que dependen de los recursos obtenidos por medio de esas actividades sigan con su bandera de lucha, con el apoyo de todo el país.

No cabe duda de que los bingos son la herramienta que les queda a nuestras comunidades no solo para reunir dinero, sino también para demostrar solidaridad, unidad y trabajo en equipo. Como nación tenemos una deuda, de manera que debemos aunar fuerzas para que exista un sistema de salud como corresponde.

Es necesario dar respuesta a la ciudadanía cuando no somos capaces de cumplir con nuestras promesas, por ejemplo, de construcción de hospitales. Muchos chilenos viven con la incertidumbre de no saber qué pasará con los hospitales que se iban a construir.

Es el caso del hospital de Marga Marga y del biprovincial Petorca-Quillota, entre muchos otros. Con esta iniciativa estamos tratando de ayudar, lo que, sin duda alguna, es fundamental.

Sin embargo, la deuda sigue presente. Esperamos que en este gobierno se dé respuesta a todos los anuncios y promesas realizados en época de campaña. El señor CHÁVEZ. Señor Presidente, efectivamente, estamos frente a hechos que no hubiésemos querido que se produjeran, pero lo cierto es que un dictamen de la Contraloría General de la República nos ha puesto en la presente situación, la cual exige que el Parlamento brinde una adecuada y rápida solución.

Por ello, todas las iniciativas presentadas sobre la materia, que después fueron refundidas, han sido objeto de un amplio debate para resguardar todos los puntos de vista que puedan surgir sobre el particular. El objetivo del proyecto es dar una solución legislativa a una situación objetada por la Contraloría General de la República.

En ese sentido, se regula la realización de bingos, rifas, sorteos o loterías, actividades de gran nobleza que no solo son originadas por organizaciones de distinto tipo, sino también por personas naturales. La idea es permitir la realización de cualquier actividad de ese tipo que tenga un fin altruista.

La iniciativa establece el sujeto activo, es decir, quién podrá desarrollar las actividades. En ese sentido, se recogió una propuesta para que las personas naturales y las personas jurídicas sin fines de lucro puedan organizarlas. En el caso de las personas jurídicas sin fines de lucro, se precisó, a titulo referencial, qué tipo de organizaciones pueden hacerlo.

Esas actividades no se considerarán como juegos de azar, por lo que quedarán excluidas de eventuales responsabilidades penales. Esta es una iniciativa especial, que aborda los diversos aspectos descritos para dar una solución a la situación generada a propósito del dictamen de la Contraloría General de la República.

Me siento completamente conforme con la propuesta legislativa entregada ayer en la Comisión de Gobierno Interior y espero que sea refrendada por la Sala de la Cámara de Diputados, en el entendido de que hoy existe un problema -a muchos nos han llamado desde nuestros distritos a propósito de él- que necesita solución.

Cabe señalar que el problema no surgió de una decisión del gobierno, como muchos quieren hacer ver, sino de un dictamen de la Contraloría General de la República.

En síntesis, se trata una muy buena solución y, por ello, espero que el Parlamento apruebe rápidamente la presente iniciativa, que va en beneficio de todos los chilenos.

El señor ESPINOZA don Fidel. Señor Presidente, como lo han dicho los colegas, el dictamen de la Contraloría General de la República ha causado bastante preocupación y escozor en el país. Como se ha planteado con fuerza en la Sala, actividades como los bingos, tanto en el mundo rural como en el urbano, a lo largo y ancho de nuestro país, no solo constituyen hechos de enorme relevancia para las organizaciones que los realizan, sino también para el Estado, pues ve aliviado su accionar, porque muchas de las problemáticas son solucionadas por los propios pobladores, quienes, a través de una junta de vecinos, de un club de adulto mayor, de un club deportivo, de un comité de agua potable o de agrupaciones de pequeños agricultores, son capaces de organizar este tipo de actividades para ir en ayuda de un vecino que sufrió, por ejemplo, la pérdida de todos su bienes a causa de un incendio o por una enfermedad costosa, imposible de ser asumida por su familia.

No puedo dejar de decir que los bingos también se realizan en miles y miles de colegios y liceos. Los centros de padres y apoderados juegan un rol importante en esas actividades, cuando buscan que sus hijos vayan, por ejemplo, a un paseo fuera de la ciudad en que habitan. Esa práctica ha sido parte de la cotidianeidad de nuestro país por largos años.

El dictamen de la Contraloría que determinó que los bingos no se pueden realizar en todo el país, porque están fuera de la ley, y que los municipios no podrán autorizar el uso de un espacio físico municipal, como una escuela o un gimnasio, para el desarrollo de dichas actividades, obviamente fue un golpe muy duro para todas las organizaciones que los efectuaban.

Por ello, como bancada del Partido Socialista, impulsamos dos acciones. Una de ellas fue solicitar una reinterpretación al órgano contralor, lo cual podría demorarse un par de semanas.

La otra fue presentar el presente proyecto de ley, en cuya estructuración han confluido muchas bancadas, y que recoge muchos de los aspectos que nuestra bancada diseñó en su elaboración. El proyecto -estoy seguro de que será aprobado por amplia mayoría- establece, de manera general, que sí podrán realizarse bingos, rifas, sorteos o loterías siempre que sean organizados con fines de beneficencia para las propias organizaciones que las desarrollan o para terceros que serán beneficiarios de dichas actividades.

En la iniciativa queda claramente precisado quiénes podrán organizar dichas actividades: personas naturales o jurídicas sin fines de lucro.

Además, se enumera el tipo de organizaciones autorizadas, muchas de las cuales he nombrado en mi intervención: juntas de vecinos, centros de padres y apoderados, centros de alumnos, sindicatos, comités de adelanto, comités de agua potable, centros de madres, entre otros.

Por cierto, también se incorporan nuestros queridos clubes de adultos mayores existentes a lo largo de todo el país. Por lo tanto, el presente proyecto de ley, que hoy aprobaremos en la Cámara de Diputados y que esperamos que tenga una rápida tramitación en el Senado, dispone que las actividades mencionadas sean consideradas como juegos de azar -como bien lo dijo el diputado Marcelo Chávez - de conformidad con lo establecido en la ley de casinos.

Por lo tanto, no les será aplicable dicha norma. El proyecto establece con claridad que, para ser considerada esta actividad con fines de beneficencia, los recursos deberán destinarse con exclusividad a tales propósitos.

Al respecto, en los breves segundos que me restan, quiero entregar un mensaje: los mejores fiscalizadores de que esos sean los fines son los propios socios integrantes de cada una de las organizaciones, que tienen que velar por que cuando se desarrolle una actividad de este tipo, como un bingo, una rifa o un sorteo, tengan claro que esos recursos van a destinarse a mejorar aspectos de su organización o para ayudar a un tercero afectado por alguna situación particular.

Por lo tanto, como bancada del Partido Socialista, estamos contentos y satisfechos por haber colaborado de manera muy importante con nuestro equipo jurídico y legislativo, a fin de construir un gran proyecto, que permita que el dictamen de la Contraloría quede supeditado a la nueva ley, que va a permitir que las organizaciones sociales realicen bingos, rifas, sorteos y loterías a lo largo y ancho de nuestro país.

El señor BERGER. Señor Presidente, me alegra que sobre este tema haya habido una rápida y generalizada conciencia del impacto que generó en la comunidad nacional el dictamen de la Contraloría General de la República que prohíbe a los municipios autorizar la realización de bingos, sorteos y rifas benéficas.

Tanto mi bancada, la de Renovación Nacional, como otros parlamentarios presentamos mociones sobre la materia, porque resultaba totalmente extemporánea, ilógica y desproporcionada esta prohibición totalmente ajena al conocimiento de la realidad acerca de la forma de subsistencia de la gran mayoría de las organizaciones comunitarias, tanto funcionales como territoriales, de nuestro querido país.

La cuestionada resolución del órgano contralor estipula que tampoco podrían facilitarse instalaciones de espacios públicos para estos fines cuando un tercero lo solicite, lo que, a mi juicio, tiene un efecto negativo, porque trunca el propósito de muchas agrupaciones sociales que buscan reunir fondos para una buena causa, como, por ejemplo, los comités de vivienda, que cotidianamente usan este sistema para reunir dinero que les permita postular a la casa propia.

Esta modificación, originada a partir de las distintas mociones presentadas, que fueron refundidas, apunta a modificar la ley Nº Estoy seguro de que tanto diputados como senadores vamos a tener la mejor disposición para resolver este inconveniente, que no permite que nuestras organizaciones comunitarias puedan hacer bingos como una forma de resolver sus problemas y proyectos comunitarios.

Ayer, en la Comisión de Gobierno Interior no tuvimos ninguna duda a la hora de zanjar esta materia. Hemos llegado a un texto que recoge la sensación mayoritaria, tanto de legisladores como del mundo organizacional de base, en el sentido de que esta prohibición, puesta sobre la mesa a partir de la interpretación de la Contraloría, carecía de lógica, de pertinencia y de vinculación con la realidad de los hechos, y está afectando gravemente a las organizaciones comunitarias funcionales y territoriales que buscan recaudar fondos para lograr sus objetivos.

Señor Presidente, en primer lugar, agradezco la buena disposición que tuvo ayer la Cámara de Diputados para incluir nuestra moción -solicito formalmente que se incorpore en el informe de la Comisión de Gobierno Interior-, cuyos autores fueron los diputados Pepe Auth, Tucapel Jiménez , Enrique Jaramillo, Carlos Abel Jarpa , Sergio Ojeda y quien habla.

Buscamos aprobar un proyecto que apunta a dar solución a un problema que coartaba la posibilidad de que organizaciones y personas naturales pudieran realizar, en las distintas comunas del país, una actividad tan noble como los bingos a fin de atender problemáticas comunales y sectoriales que tienen un trasfondo humano muy relevante, pero que, al no ser atendidas por el Estado, eran solucionadas por los propios vecinos, que se hacían cargo del asunto.

Me alegra saber que mi amigo el alcalde de Concepción tendrá la tranquilidad de que en su comuna se seguirán realizando estos eventos. De hecho, ayer manifestó su preocupación al respecto. Pero hoy la Cámara de Diputados va a votar una fórmula legal que le dará la tranquilidad de que sus vecinos no se verán imposibilitados de realizar tales actividades.

Por lo tanto, a través del diputado José Miguel Ortiz , envío mis saludos al alcalde de Concepción, quien debiera estar tranquilo, porque esto va a funcionar. También quiero responder las críticas de otros alcaldes, que han señalado que el gobierno y el Parlamento estaban coartando esa posibilidad.

Por el contrario, ayer, todas las bancadas, con distintos proyectos -cinco mociones-, manifestaron su interés en hacerse cargo del dictamen de la Contraloría, el cual está enmarcado en la interpretación de la ley de casinos, que estaba facultando a los intendentes para que entregaran estas autorizaciones, lo que parecía poco lógico en una región como la del Biobío, que comprende 54 comunas y donde era impensable que el intendente dedicara una tarde a firmar este tipo de autorizaciones.

Como han anunciado las demás bancadas, la de Partido por la Democracia también adhiere con mucho entusiasmo a la aprobación del proyecto. Además, se siente muy comprometido con él, a fin de que los vecinos y las organizaciones sin fines de lucro sigan teniendo la posibilidad de realizar esas actividades, que son muy importantes y que generan una alta convocatoria.

De hecho, en muchas ocasiones son la repuesta más inmediata para solucionar los problemas de los vecinos. Me alegra que la Cámara de Diputados discuta un proyecto de estas características, razón por la cual invito a los señores diputados a apoyarlo, porque, aunque es simple, llevará muchos beneficios a las comunas de nuestro querido país.

El señor VALLESPÍN Presidente en Ejercicio. La señora SEPÚLVEDA doña Alejandra. Señor Presidente, en primer lugar, comparto las palabras expresadas por mis colegas.

Me alegra lo ocurrido con el dictamen de la Contraloría, porque se transformó en una tremenda oportunidad para aclarar situaciones confusas, lo que nos permitirá despejar dudas y no generar complicaciones desde el punto de vista administrativo. En segundo lugar, felicito al diputado Claudio Arriagada , quien, como presidente de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, aunó distintas mociones parlamentarias y aceleró el proceso, dada la urgencia por solucionar este problema que afectaba a las comunas.

Al final pudo sacar adelante rápidamente este proyecto de ley. Espero que nunca se acaben los bingos. Una cuestión es el rol del Estado, que es muy bueno, especialmente en lo relativo a salud y a garantizar derechos; pero los bingos tienen otra esencia, que nos resulta impresionante, por lo menos para quienes hemos participado en ellos.

Resulta muy interesante la organización de los bingos, por el trabajo comunitario, solidario y la capacidad de ayudar a los vecinos.

Es una muestra de solidaridad, de autogestión, de capacidad de organización, etcétera. Reitero: espero que nunca se terminen los bingos, porque es una de las pocas expresiones de espíritu solidario que van quedando en la vida en comunidad.

Entiendo que para algunos solo representa una forma de financiar algo. Pero no es solo un asunto de financiamiento; es una expresión de aporte de unos, de organización de otros, de crear diferentes comisiones que busquen lograr un objetivo común. Me llamaron muchos comités de vivienda, comités de navidad y juntas de vecinos para decirme que no podrían seguir organizando bingos.

Pero yo confío en que impere el criterio, la capacidad de ponernos de acuerdo y la sensatez de la Contraloría para que, dada la realidad que se vive en el país, continúe expresándose esta forma solidaria de hacer comunidad y se permita que se sigan realizando bingos.

Los invito a ver más allá del aspecto financiero, de lo que podamos reunir en un bingo, ya que esto es una valiosa muestra de cómo la comunidad, solidaria y comunitariamente, es capaz de tener una forma de representación y de organización.

Soy fanática de los bingos. Además, muchas oficinas parlamentarias ayudamos a organizar, a promocionar y a tratar de buscar soluciones individuales y colectivas a través de los bingos y de estas organizaciones que, para mí, son maravillosas.

Espero que esta votación sea una expresión del Congreso Nacional de que apoyamos esta instancia, que ojalá podamos potenciarlas más allá de los problema de salud, de los que el Estado tiene que hacerse cargo. Sin duda, esta es una expresión maravillosa de la solidaridad humana. Creo que hay que reconocer que esta Cámara, en forma transversal, ha asumido un rol importante en esta materia, porque tiene que ver con principios tan importantes como la solidaridad, la sana entretención y la creación de una mejor comunidad.

En verdad, a todo el país sorprendió el dictamen de la Contraloría del 22 de abril, que concluía que las municipalidades debían actuar dentro de su competencia y que no estaban facultadas para permitir el funcionamiento de bingos, loterías o actividades de este tipo en sus dependencias, situación que también puso en alerta a gran parte de las organizaciones sociales de nuestras comunidades, preocupación que nos han manifestado a muchos de nosotros.

La diputada Alejandra Sepúlveda manifestó que no solo se trata de espacios de beneficencia -que, sin duda, son muy importantes-, sino también de espacios que la comunidad utiliza para el desarrollo de sus propias organizaciones.

Muchas veces, las juntas de vecinos, que no reciben financiamiento público para funcionar, desarrollarse y cumplir un rol social, tienen que realizar actividades como estas para poder financiarse.

Señor Presidente, por su intermedio, agradezco a todos los parlamentarios y parlamentarias de la Cámara de Diputados que actuaron rápidamente y presentaron varias iniciativas dirigidas al mismo objetivo, que se concentra en el proyecto de ley que hoy estamos discutiendo.

Quiero destacar esto, porque se plantea un elemento que me parece complejo, pues hasta ahora los bingos han sido una de las medidas que ocupan nuestras comunidades para dar solución a problemas que el Estado no ha resuelto y respecto de los cuales nosotros, como país, no nos hemos hecho cargo.

Es necesario tener un Estado garante que entregue a los chilenos y chilenas la seguridad de que tendrán sus tratamientos de salud y sus medicamentos asegurados, acceso oportuno para realizarse operaciones y soluciones adecuadas cuando algún familiar o alguna persona de la comunidad enfrentan situaciones complejas.

Es lamentable que la comunidad deba realizar bingos, loterías, rifas y actividades de ese tipo para financiarse. No podemos decir que esa es la razón por la cual queremos que se hagan bingos.

Lo quiero decir bien de frente: es cierto que hoy se realizan esas actividades, pero ello se debe a que, reitero, no hemos sido capaces de dar una solución de fondo a esa situación, lo que no implica que la comunidad tenga prohibido realizarlos en sus propios inmuebles, porque las dependencias municipales son de todos los vecinos que viven en esas comunas, que no pueden depender de un dictamen de la Contraloría que establece que no pueden realizar actividades de ese tipo dentro de sus espacios.

Creo que es necesario este proyecto de ley, por todo lo que ya se ha dicho y, sobre todo, porque parte del tejido social que destruyó la dictadura militar en el país se ha empezado a reconstruir gracias a que las organizaciones sociales han tomado conciencia de la necesidad de jugar un rol en sus comunidades.

Lo único que hace que esta democracia sea verdaderamente distinta es precisamente eso: que el tejido social se reconstruya, a partir de que las organizaciones sociales tengan más espacio y más poder.

Parte de eso pasa, por ejemplo, por que tengan la posibilidad de desarrollar sus propios mecanismos de financiamiento.

Este tipo de iniciativas sin fines de lucro van en beneficio de la comunidad, de un colectivo, de la junta de vecinos, del club deportivo, del club del adulto mayor, de las organizaciones juveniles de los barrios, etcétera; es decir, están dirigidas al bien común y no a un fin individual o de lucro.

Esta prohibición nos parece absurda y no corresponde que se aplique; por lo tanto, es necesario resolver el problema. Valoro que la presidencia de la Cámara de Diputados haya tomado la determinación, a través de una reunión de jefes de Comités, de apurar su tramitación y de trabajar en este proyecto en discusión.

Me sumo a las palabras de los colegas que han planteado la necesidad de que se tramite rápidamente no solo en la Cámara de Diputados, sino también en el Senado.

Finalmente, como bancada del Partido Comunista y de la Izquierda Ciudadana, anuncio nuestro voto a favor de la iniciativa y reitero mi agradecimiento por la voluntad y rapidez con que actuaron nuestros colegas para presentar diversas mociones que tomaron forma en este proyecto.

Espero que el proyecto sea aprobado por unanimidad, tal como ocurrió en la comisión técnica. El señor ROBLES. Señor Presidente, valoro el dictamen de la Contraloría, que nos ha hecho un gran favor, porque nos ha permitido tramitar este proyecto en la Cámara, con el que estoy de acuerdo, así como resolver un tema que he venido planteando desde hace muchos años y que afecta a los pobladores de todas las comunas del país.

Me refiero a los pequeños casinos que tienen tragamonedas de distinto tipo, incluso con mucha tecnología, los que, según se dice, no son juegos de azar, sino de destreza.

Que los municipios no pueden autorizar juegos de azar que involucran lucro para los jugadores. Por lo tanto, si los municipios no pueden autorizar la instalación de esas máquinas, tampoco pueden entregar patentes de comercio a esos establecimientos.

En ese sentido, se nos entrega una herramienta de fiscalización que nos permitirá preguntar a los municipios por qué han autorizado, por ejemplo, la instalación de esos precarios casinos en las comunas de Chile, incluso en el centro de Santiago, donde existen dos o tres en el paseo Ahumada.

Entonces, creo que ese dictamen es positivo, porque nos permite interpretar la mirada de la Contraloría en esa línea, lo que nos facultará para fiscalizar e impedir el desarrollo de una actividad que no estaba prevista en la ley de casinos. Por otro lado, estoy muy de acuerdo con el planteamiento de que lo objetado por la Contraloría se regula por ley.

Por lo tanto, quiero agradecer al presidente de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, diputado Claudio Arriagada , por haber tramitado esta iniciativa con tanta premura, porque soluciona la prohibición de que se utilicen recintos municipales para realizar rifas, sorteos y loterías con fines de beneficencia.

Me parece que esto es muy relevante, porque cambia el foco de lo que estamos planteando. Incluso, el proyecto de ley plantea que no serán considerados juegos de azar. Entonces, para la historia de la ley queda claro que los tragamonedas a los que me referí sí son juegos de azar.

Pero en el proyecto de ley se está diciendo que aquellas actividades con fines de beneficencia no son juegos de azar. Me parece importante destacar dos temas. No sé si el objeto de esta iniciativa será el mismo. Creo que no. Por lo tanto, me llama la atención la utilización de esa expresión.

Para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, también quiero dejar constancia de que en el proyecto de ley se aclara qué se considerará bingo y que está orientado a entregar recursos a las instituciones señaladas, como juntas de vecinos, centros de madres, etcétera, para que a través de ellas se vaya en ayuda económica de las personas aquejadas.

Es decir, este proyecto no es para las personas, sino para las organizaciones que entregarán a los vecinos con problemas lo recaudado por la rifa o el bingo que hayan realizado. Señor Presidente, como primera reflexión respecto de este proyecto de ley, quiero señalar que en este caso funcionó la alerta social, lo cual demuestra que, como Congreso Nacional, como poder del Estado, el Poder Legislativo, en diálogo con el Poder Ejecutivo, tiene la capacidad de encontrar soluciones inmediatas, en el corto plazo, a favor de la ciudadanía.

El hecho de que la gente espere por años un proyecto de ley que duerme en el Congreso Nacional es nuestra propia responsabilidad. Por eso, el primer llamado a quienes formamos parte del Congreso Nacional, en particular de la Cámara de Diputados, es a que nos comprometamos a recoger los problemas que enfrenta diariamente nuestra ciudadanía, a fin de buscar soluciones concretas.

En segundo lugar, quiero compartir mi alegría por ver que estas mociones refundidas tienen como autores a diputados de todas las bancadas.

No es bueno que unos u otros se hagan dueños de los proyectos. Este proyecto nace de ideas complementarias que hemos sido capaces de conciliar entre todos los partidos, y espero que todos lo aprobemos, porque este proyecto va a apoyar la iniciativa privada, en el sentido de solidaridad, de ayudar, que como sector hemos defendido desde un principio, para que las personas tengan la capacidad de salir adelante y no tengan que depender absolutamente del Estado.

Creemos que debe existir un ordenamiento para que el Estado pueda entregar los recursos necesarios para dar solución a los principales problemas, pero también debe dar las herramientas legales, a través de un proceso legislativo, para que las personas puedan tener iniciativas.

Permítanme recoger un tema que han planteado varios señores diputados que me han antecedido en el uso de la palabra. Los bingos, las loterías, las rifas, sin lugar a dudas, han sido instituciones sociales en nuestro país. Absolutamente todos los diputados que estamos en esta Sala hemos asistido a algún bingo social o hemos recibido alguna solicitud de un premio o una ayuda para una rifa.

Por consiguiente, no estamos ajenos a esa situación y menos a la solución del problema, el cual radica en el dictamen de la Contraloría N° También quiero recoger el sentido de la creación solidaria. Al respecto, creo que debemos quedarnos con la parte semántica de tal expresión, más allá del contexto histórico de quien lo usó primero.

Una obra pía, semánticamente, es una acción pura que busca ayudar, y eso es lo que fidedignamente hacen las juntas de vecinos, los clubes deportivos, las agrupaciones sociales, los comités de agua potable rural, los comités de pavimentación, etcétera.

No tienen otro sentido que el querer aportar, a través de la ayuda, a la sociedad. Por eso, hago un llamado, responsablemente, a que el Congreso Nacional apruebe por unanimidad este proyecto de ley, originado en mociones refundidas, que representan las ideas de todas las bancadas, porque así vamos a entregar herramientas concretas y palpables a la ciudadanía.

Debemos hacernos responsables, pues somos capaces de entregar soluciones en el corto plazo, no solo en el caso de los bingos, sino también a propósito de medidas que la ciudadanía espera desde hace mucho tiempo. El señor RINCÓN. Señor Presidente, este es uno de los proyectos -no el único- con que la Cámara de Diputados ha respondido a demandas, más que a necesidades, de la propia ciudadanía.

También lo hicimos con la revocación de la nacionalidad por gracia al sacerdote -que, a mi juicio, no merece llevar ese título- John Reilly.

Y también en esa oportunidad, con generosidad, muchos parlamentarios, incluido quien habla, accedimos a la fusión de proyectos. La competencia sin sentido colectivo se da cuando los parlamentarios no aceptan fusiones, pero no cuando hacen oportuna y rápidamente su trabajo, que, por lo demás, es nuestra obligación.

Si un grupo parlamentario hace oportuna y rápidamente su trabajo, ello debe tener un reconocimiento; pero el espíritu colectivo se ve cuando estamos dispuestos a fusionar proyectos cuando existen ideas que son transversalmente aceptadas.

Insisto: eso lo hicimos con la revocación de la nacionalidad por gracia concedida a John Reilly , y hoy nuevamente lo estamos haciendo a propósito del problema que generó un dictamen de la Contraloría General de la República en la esfera de sus competencias y atribuciones. Tal vez, podemos disentir de una interpretación restrictiva -por cierto, en derecho público debe serlo-, pero debemos reconocer que está en la esfera de sus competencias y atribuciones.

Con este proyecto de ley contribuimos a salvar aquella situación. De lo contrario, pasaría lo que hizo público el diputado Gabriel Silber , al concurrir a La Moneda a pedir autorización para realizar prontamente un bingo para una mujer de La Pincoya que tiene una grave enfermedad.

Si así ocurriera, se recargarían de autorizaciones la Presidenta de la República, el Vicepresidente, los intendentes regionales, amén de lo difícil que es para todas las comunas o localidades lejanas acceder a la intendencia o a La Moneda para tramitar esos permisos.

En ese sentido, estas mociones, que encabezan distintas bancadas, transversalmente, saca del concepto de juegos de azar a bingos, loterías, rifas y sorteos, para que no requieran las autorizaciones respectivas, pues los enmarcamos en otro concepto: actividades de beneficencia, actividades solidarias, actividades que se enmarcan en lo que se denomina la seguridad social comunitaria.

En el mundo, la seguridad social ha tenido tres hitos: la seguridad social familiar, que nace cuando el ser humano logra desarrollarse en colectivos; la seguridad social comunitaria, que, junto con la primera, hace frente a las deficiencias del Estado, y, finalmente, la seguridad social de la nación o del Estado, debidamente expresada a través de sus distintas instituciones, mecanismos, subsidios y organismos.

La seguridad social comunitaria es fundamental para complementar los montos que el Estado no entrega a quienes padecen cáncer, alergias alimentarias o cualquier tipo de enfermedad. Insisto, no solo el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet ha persistido en ese esfuerzo, sino también el Estado de Chile.

Muchos parlamentarios se han sumado transversalmente a esa tarea, ya que entienden que los déficits que generan las enfermedades de alto costo significan un impacto brutal para la economía familiar, así como sufrimiento y afectación psicológica, emotiva y afectiva debido a que estas son padecidas por hijos, hermanos, padres, etcétera.

Por ello, siempre es necesario mantener las puertas abiertas a la seguridad social comunitaria, que se expresa principalmente a través de bingos, que generan entretención, esparcimiento y la posibilidad de caminar como comunidad en pos de un destino común, concepto básico de nación expresada en las comunidades locales que quieren ayudar al prójimo.

Por esa razón, somos los principales patrocinantes del proyecto y por ello lo votaremos favorablemente. Señor Presidente, hoy abordamos cinco mociones presentadas en forma paralela, pero con un mismo y único objetivo, cual es revertir el dictamen emitido por la Contraloría el 22 de abril del año en curso, que sostiene que los municipios no están facultados para organizar o autorizar bingos, aunque estos sean de beneficencia.

Alcaldes, representantes de organizaciones vecinales, sociales y comunitarias a lo largo de todo el país; vecinos y vecinas; autoridades e instituciones tan prestigiosas y relevantes para el servicio a la comunidad como Bomberos de Chile, entre otras, nos han entregado su opinión sobre la materia.

Existe claro y mayoritario consenso en cuanto a que ese dictamen, desde el punto de vista del sentido común, de la realidad social existente en nuestro país y del interés superior que está en juego, es errado, razón por la que debe ser corregido.

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La institución, conformada por aproximadamente 30 damas, ha logrado consolidarse como una referencia entre la comunidad, gracias al trabajo desempeñado durante su amplia trayectoria, en la cual han ayudado a un sinnúmero de personas a través de apoyos económicos mensuales, cestas de alimentos, cobertura de cirugías, jornadas especiales y el ropero solidario.

No menos importante es su apoyo al Lar Padre Joaquim Ferreira, ubicado en Los Anaucos, estado Miranda, donde residen un gran número de abuelos de la comunidad lusitana en el país. Como parte de sus iniciativas de recaudación, las damas llevan a cabo anualmente cuatro eventos, los cuales se han convertido en una tradición entre la comunidad.

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By Zulabar

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